Una situación sin precedentes, al menos en la era moderna, ha sido posible en el marco de las medidas de excepcionalidad introducidas en el combate a la pandemia del Covid-19: en la actualidad más de 90 % de la población mundial vive en países con restricciones a la movilidad, debido al cierre bilateral o unilateral de fronteras terrestres, aéreas y/o marítimas, incluso en zonas de libre tránsito, como el espacio de Schengen en Europa o el Mercosur en América Latina. En México, la movilidad internacional se ha restringido por las medidas de cierre de fronteras adoptadas por Guatemala y por un acuerdo conjunto con los Estados Unidos para el cierre parcial de la frontera compartida, con la “suspensión del tráfico no esencial”.
Los límites de la movilidad no se quedan en las fronteras nacionales, el espacio “seguro” es nuestra “casa”. Lo escuchamos diariamente hasta el cansancio: #Quedateencasa, #Quedateencasa, #Quedateencasa. La única vacuna que tenemos para combatir esta pandemia es el lavado de manos y el distanciamiento físico (no necesariamente social): “nada más”. Aunque también hemos escuchado que el virus no discrimina, a cualquiera nos puede tocar, sabemos que hay perfiles más propensos a enfermarse de manera más severa. Pero en el contexto de la pandemia, el riesgo no solo es el propio contagio. A éste y a otros riesgos se exponen quienes tienen menos posibilidades de defenderse: aquellas personas que no tienen cómo quedarse en casa, quienes no tienen casa o quienes a pesar del encierro no se pueden distanciar e higienizar, tal es el caso de las personas migrantes en detención.

Ilustración: Estelí Meza
La noche del 31 de marzo un video en Facebook nos alertó sobre un incendio registrado en la estación migratoria de Tenosique, cuando quienes estaban encerrados protestaban por la falta de condiciones adecuadas de higiene, insalubridad e incertidumbre respecto a posibles contagios, propiciando la muerte de una persona solicitante de asilo de origen guatemalteco. El efecto colateral del desafortunado suceso fue el resurgimiento en la agenda pública del tema migratorio post aparición del Covid-19. A la puesta en evidencia de estos riesgos se agrega la persistente violación de varios derechos de las personas migrantes en detención, sistemáticamente denunciados: la propia privación de la libertad de personas que han cometido una falta administrativa y no penal, y de otras que no han cometido ninguna falta —al menos una cuarta parte de los detenidos están solicitando la condición de refugiado o ya cuentan con dicho estatus—, la detención de niñas, niños y adolescentes y su alojamiento en espacios que comparten con personas adultas, contraviniendo el principio del interés superior del niño, entre otros.
El Estado no ha protegido a estas personas, a pesar de que con antelación la CNDH había solicitado al Instituto Nacional de Migración (INM) la implementación de medidas cautelares para evitar el hacinamiento y contagio masivo de coronavirus. Aun sin que estén sobrepobladas, como respondió el INM cuando aceptó dichas medidas, resulta difícil que en las estaciones migratorias se garanticen medidas de #sanadistancia e higiene. Las únicas recomendaciones que el gobierno federal ha emitido para “centros de reclusión (sic) y albergues para migrantes” están contenidas en el Lineamiento general espacios públicos cerrados en Covid-19 y no se cumplen: las personas son muchas (cientos) y están amontonadas, con acceso limitado a agua y jabón y a servicios médicos, no hay buena ventilación, el personal no cuenta con cubrebocas o guantes, y continúa entrando y saliendo gente.
La irrupción del virus llega en un momento migratorio muy particular. Desde hace unos años, México es destino de personas migrantes, algunas de ellas quieren transitar, otras quedarse y algunas otras solo están en espera. La vida de gran parte de estas personas, desprotegida y expuesta ahora a los estragos de un virus, ya se encontraba en riesgo en sus países de origen, en sus casas. Durante el año 2019, el Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova A.C. asesoró en Tapachula a más de 18 000 personas, a la inmensa mayoría la apoyó en el llenado de solicitudes de la condición de refugiado, una cantidad que supera a la atendida por el Centro en los ocho años anteriores (periodo para el que tienen sistematizada esa información), de acuerdo con datos brindados por Salvador Lacruz. Tras el arribo de las caravanas migrantes y las amenazas del incremento de los aranceles comerciales de Trump, se militarizó el control migratorio con la presencia de la Guardia Nacional desde junio del año pasado. A pesar de que desde entonces se acentuó un contexto de recepción hostil a las personas en movilidad, entre enero y marzo del 2020 la Comisión de Ayuda al Refugiado (Comar) ha recibido más de 17 000 solicitudes, esto es un 34% más que las registradas en el mismo periodo de 2019. Cuando la población se ve obligada a huir de sus lugares de origen, no hay retenes que la contengan. La necesidad de protección internacional deviene imprescindible.
Los gobiernos del mundo entero se encuentran debatiendo qué acciones tomar, mantener, intensificar o relajar y la mayoría de ellos se debate entre privilegiar medidas sanitaristas —distanciamiento físico, confinamiento o aislamiento y suspensión de actividades en pro de evitar la propagación del contagio— o medidas economicistas —flexibilización o mantenimiento de actividades económicas y comerciales a fin de evitar (si es que esto puede lograrse) un impacto económico mayor. Sin embargo, resulta imprescindible que se incorpore en la agenda de los ejes de acción en el marco de la pandemia del Covid-19 el aseguramiento de la implementación de medidas humanitarias destinadas a la salvaguarda de la vida, la dignidad humana y la protección de los derechos de las personas en condiciones de vulnerabilidad, entre las que se encuentran las personas en movilidad. En otras palabras, la atención a la emergencia sanitaria no exime la responsabilidad de los Estados con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Organizaciones de la sociedad civil y universidades, en consonancia con las recomendaciones de la Organización Internacional de las Migraciones (OIM), la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Organización de Naciones Unidas (ONU), hemos exigido la libertad inmediata de las personas migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo en detención migratoria, así como también la agilización de trámites migratorios mediante el otorgamiento de visas humanitarias para quienes se encuentran en el territorio nacional sin protección jurídica, en muchos casos debido a un estatus migratorio no resuelto.
Medidas de esta naturaleza han sido adoptadas por varios países en el mundo (Portugal, España) y en la región (Chile, Colombia, Uruguay). Incluso en uno de los sistemas migratorios más criminalizantes como el de los Estados Unidos se están emprendiendo acciones para liberar a algunas personas migrantes detenidas, ya que como se informa en la página oficial del Immigration and Custom Enforcement (ICE), al momento hay más de 100 casos de personas detenidas y trabajadoras de ICE que han dado positivo de Covid-19, lo que implica un alto riesgo de propagación. De acuerdo con The New York Times, ICE identificó 600 personas consideradas vulnerables, mayores de 60 años y mujeres embarazadas, de las cuales ya liberó a una cuarta parte.
Tan solo liberar no basta, tampoco dejar a la deriva a las personas cerca de fronteras que se encuentran cerradas. Se requiere garantizar las condiciones de vida para quienes no tendrán casa donde quedarse y de ser el caso, el retorno seguro y asistido. Los albergues para personas migrantes que se extienden desde el sur hasta el norte del país, han debido limitar su capacidad para evitar el hacinamiento y mantener la sana distancia, al tiempo que enfrentan mayores dificultades por la reducción de las aportaciones de los donantes. Esta restricción también está afectando a la población mexicana deportada de los Estados Unidos —país que ha seguido deportando bajo “nuevas reglas”—, personas que a su llegada al país encuentran los albergues saturados y cerrados, tal como explica Aída Silva, asesora de Casa Hogar El Puente, Tijuana.
En otros países, como en Colombia, también se han diseñado medidas específicas para la población migrante en la prevención frente al riesgo de contagio, la detección y el aseguramiento de atención en caso de infectarse de Covid-19. Este tipo de acciones resulta relevante para el caso mexicano donde hemos evidenciado en reiteradas ocasiones, que a pesar de que el Art. 1.º de la Constitución Nacional establece igualdad de derechos para todas las personas que habitan el territorio, en la práctica, cuando normativas, lineamientos, reglas de operaciones no especifican que aplican para población migrante, refugiada o repatriada, se diluyen las garantías de accesibilidad.
La aparición de la pandemia pone en evidencia la debilidad del sistema de asilo y del otorgamiento de protección humanitaria a personas en movilidad, de conformidad con los estándares internacionales que México se ha comprometido a cumplir. El país tiene el enorme privilegio de contar con una red de organizaciones y albergues operados por la sociedad civil que han sido y son nodales en la protección de los derechos de estas personas. Sin embargo, el Estado mexicano tiene una responsabilidad ineludible que hoy debe ejercer.
Luciana Gandini
Investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas y Coordinadora del Seminario Universitaria de Estudios sobre Desplazamiento Interno, Migración, Exilio y Repatriación (SUDIMER), UNAM.
Este texto es una colaboración entre el Observatorio de Política Migratoria de El Colegio de la Frontera Norte y nexos.